Este Portal de la Transparencia se suma a los mecanismos ya existentes por parte del IVCR+i a la hora de controlar y auditar su gestión. Con esta nueva ventana abierta al público se ofrece información completa, veraz y actualizada sobre los temas principales de su actividad y su gestión.
IVCR+i Abierto
Derecho de acceso a información pública
El ejercicio del derecho de acceso a información pública viene recogido en el Capítulo III de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, LTBG), así como en la ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación de la Comunitat Valenciana en su Capítulo II (en adelante Ley 2/2015).
¿Qué es el derecho de acceso a información pública?
El concepto de acceso a la información pública, se puede definir como “la posibilidad de acceder a la información pública que obre en poder de las entidades sujetas al ámbito de la LTBG, y con la seguridad sobre su veracidad”.
La Ley 2/2015 en su capítulo II artículo 11 dice: “Cualquier ciudadano o ciudadana, a título individual o en representación de cualquier organización legalmente constituida, tiene derecho de acceso a la información pública, mediante solicitud previa y sin más limitaciones que las contempladas en la ley. Para el ejercicio de este derecho no será necesario motivar la solicitud ni invocar a la ley”.
Buen Gobierno
El DECRETO 56/2016, del Consell, de 6 de mayo, aprueba el Código de Buen Gobierno de la Generalitat a cuyo contenido IVCR+i se adhiere en todos sus términos, comprometiéndose al cumplimiento de los principios y obligaciones en él establecidos, aceptando el compromiso de aplicar y facilitar su divulgación, procurando para ello la dotación de los medios precisos.
En caso de incumplimiento constatado de lo dispuesto en el Código, y sin perjuicio de otras responsabilidades, IVCR+i se compromete a dar las oportunas explicaciones a quien corresponda y a someterse a las medidas de responsabilidad política que puedan adoptar Les Corts.
Sistema Interno de Información (Canales Internos de Denuncias)
El SII-GVA permite la presentación de comunicaciones que afecten a la entidad y que serán tratadas por el Responsable del SII-GVA.
Canal Externo de Denuncias
Buzón de denuncias de la AVAF (Agencia Valenciana Anti Fraude).
- Derecho de acceso a información pública
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Derecho de acceso a información pública
El ejercicio del derecho de acceso a información pública viene recogido en el Capítulo III de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, LTBG), así como en la ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación de la Comunitat Valenciana en su Capítulo II (en adelante Ley 2/2015).
¿Qué es el derecho de acceso a información pública?
El concepto de acceso a la información pública, se puede definir como “la posibilidad de acceder a la información pública que obre en poder de las entidades sujetas al ámbito de la LTBG, y con la seguridad sobre su veracidad”.
La Ley 2/2015 en su capítulo II artículo 11 dice: “Cualquier ciudadano o ciudadana, a título individual o en representación de cualquier organización legalmente constituida, tiene derecho de acceso a la información pública, mediante solicitud previa y sin más limitaciones que las contempladas en la ley. Para el ejercicio de este derecho no será necesario motivar la solicitud ni invocar a la ley”.
- Buen Gobierno
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Buen Gobierno
El DECRETO 56/2016, del Consell, de 6 de mayo, aprueba el Código de Buen Gobierno de la Generalitat a cuyo contenido IVCR+i se adhiere en todos sus términos, comprometiéndose al cumplimiento de los principios y obligaciones en él establecidos, aceptando el compromiso de aplicar y facilitar su divulgación, procurando para ello la dotación de los medios precisos.
En caso de incumplimiento constatado de lo dispuesto en el Código, y sin perjuicio de otras responsabilidades, IVCR+i se compromete a dar las oportunas explicaciones a quien corresponda y a someterse a las medidas de responsabilidad política que puedan adoptar Les Corts.
- GVA Oberta
- Gobierno y Dirección
- Canal de Denuncias
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Sistema Interno de Información (Canales Internos de Denuncias)
El SII-GVA permite la presentación de comunicaciones que afecten a la entidad y que serán tratadas por el Responsable del SII-GVA.
Canal Externo de Denuncias
Buzón de denuncias de la AVAF (Agencia Valenciana Anti Fraude).